SAN
JUAN _ La Federación de Maestros de Puerto Rico radicó en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, un Pleito de Clase y Demanda de Sentencia Declaratoria contra el Departamento de Educación por aumentar y/o fraccionar la jornada de trabajo de aproximadamente 20,000 maestros y maestras. Esta acción es “ilegal e improcedente por implicar una violación a los derechos constitucionales […] sobre igual protección de las leyes y sobre igual paga por igual trabajo, así como una violación a las disposiciones de ley y al propio Reglamento del Departamento de Educación aplicables a la jornada de trabajo.”
Contrario a lo establecido en el Reglamento de Personal Docente (Reglamento Núm. 6743), el Departamento de Educación impuso un aumento de la jornada de trabajo de los maestros, de seis horas diarias, a una jornada de trabajo de siete horas diarias y/o ha fraccionado la jornada de trabajo del personal docente, al imponerles horarios de trabajo desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. con cambios en la hora de almuerzo y con un “período disponible” de una hora adicional.
El cambio en la jornada de trabajo y/o el fraccionamiento de la jornada de trabajo impuesto al personal docente contiene tres modalidades, estas son:
- Un período de una hora adicional consecutivo con la hora de almuerzo.
- Un período de una hora intercalado en la jornada de trabajo regular de la mañana o de la tarde.
- Una de las dos modalidades anteriores más un cambio en la hora de almuerzo que violan las disposiciones de ley que establecen que el almuerzo no puede tomarse antes de las tres horas y media, ni después de la quinta hora en que se inicia la jornada de trabajo.
Durante ese mal llamado “período disponible”, “…el personal docente afectado se encuentra dentro de su horario de trabajo y obligado a estar a disposición del Departamento de Educación, hasta el punto de que dicho Departamento de Educación ni siquiera le requiere que registren su asistencia al comienzo y a la terminación del mencionado “período disponible”, sino que continúan registrando su asistencia cuatro veces al día: al entrar a trabajar en la mañana, al iniciar su hora de almuerzo, al entrar a trabajar luego de terminada la hora de almuerzo y al salir del trabajo por la tarde.”
En la presente demanda, la Federación de Maestros le solicita al Tribunal que le ordene al Departamento de Educación a reconocer la jornada de trabajo de los maestros de 6 horas diaria y de treinta semanales y a compensar los daños sufridos por los maestros afectados. Además, la Federación solicita se ordene al DE a cumplir con sus propios reglamentos, con las leyes aplicables y con las disposiciones constitucionales que cobijan a todo el personal docente, en lo relacionado a la jornada de trabajo
Rafael Feliciano Hernández
Presidente
Federación de Maestros
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